Desalojos por mudanza del propietario (OMI)

Un desalojo por mudanza del propietario es un desalojo de un inquilino residencial por un propietario para que éste pueda mudarse a la unidad. Véase también Desalojos de propietarios e inquilinos. Hay muchas disposiciones similares que permiten que el cónyuge, la madre, el padre o los hijos del propietario también utilicen los desalojos por traslado del propietario, pero algunas ciudades han restringido estos desalojos. Los requisitos y procedimientos de desalojo del propietario varían de una ciudad a otra. La ciudad donde se encuentra la unidad de alquiler es muy importante para determinar los derechos del inquilino y del propietario.

¿Todos los propietarios que quieren mudarse a su unidad alquilada tienen que seguir los estatutos de la mudanza del propietario?

No. Los desalojos de la mudanza del propietario sólo pueden ocurrir si están permitidos por el estatuto y generalmente ocurren en ciudades que tienen control de alquiler y que requieren desalojos de causa justa. No todas las ciudades que tienen control de alquileres o que requieren desalojos por causa justa tienen estatutos de desalojo por parte del propietario, en cuyo caso el propietario sólo puede desalojar al inquilino por causa justa según lo dispuesto en el estatuto local. Los arrendamientos periódicos, como los de mes a mes, en las ciudades que no tienen regulación de alquileres, pueden ser rescindidos con la debida antelación, por cualquier motivo. El plazo de preaviso depende de la ciudad en la que se encuentre la vivienda alquilada y suele ser de 30 a 60 días. Si el contrato de arrendamiento es de un plazo de años, por ejemplo un contrato de un año, entonces el aviso no suele ser necesario, aunque algunas ciudades requieren la notificación del propietario de la intención de no renovar el contrato de arrendamiento.

¿Qué requisitos debe cumplir el propietario para llevar a cabo con éxito un desalojo por parte del propietario?

Las disposiciones exactas que debe seguir un propietario varían de una ciudad a otra. Generalmente, para que un propietario se aproveche de la disposición de desalojo del propietario, el propietario debe:

  • Poseer un cierto porcentaje de la propiedad (El porcentaje que debe poseer varía de una ciudad a otra y varía en función de la fecha en que se compró la propiedad).
  • Tener la intención de utilizar la propiedad como residencia principal durante un cierto período de tiempo, por lo general 2-3 años. La intención del propietario debe ser honesta y de buena fe. El propietario no puede tener motivos ulteriores para el desalojo, como volver a alquilar la unidad por más dinero.
  • Utilizar la unidad como residencia principal durante un determinado período de tiempo, normalmente 2-3 años.
  • Notificar al inquilino (varía según la ciudad, normalmente de 30 a 60 días).
  • Ofrece al inquilino cualquier unidad dentro de la ciudad en la que el propietario tenga interés cuando esté disponible (varía según la ciudad).
  • Costes de reubicación siempre que el inquilino haya vivido en la vivienda un determinado periodo de tiempo, normalmente un año. (Los costes de reubicación varían según la ciudad).
  • El inquilino suele tener el primer derecho de reocupación una vez que el propietario se muda (varía según la ciudad).

¿Están prohibidos los desahucios por mudanza del propietario?

Sí, los desahucios por mudanza del propietario están prohibidos por ciertas razones. Las razones varían dependiendo de la ciudad donde se encuentre la unidad de alquiler. En general, los desalojos por mudanza del propietario están prohibidos en los edificios de varias unidades en las siguientes circunstancias:

  • Cuando el interés del propietario en la propiedad es menor que el requerido por el estatuto de mudanza del propietario (varía según la ciudad). Por lo general, un propietario debe tener un interés del 25% al 50% en la unidad.
  • Si el propietario posee una unidad comparable disponible en la misma ciudad (varía según la ciudad).
  • Si el inquilino tiene más de 60 años y es discapacitado y ha vivido allí durante más de 10 años (varía según la ciudad).
  • Si el inquilino es mayor de 60 años y tiene una enfermedad terminal y ha vivido allí durante más de 5 años (varía según la ciudad).
  • Generalmente, sólo se permite un desalojo por parte del propietario por edificio. Pero generalmente se permiten múltiples desalojos en el mismo edificio para los familiares si el propietario vive en el edificio.

Requisitos que debe cumplir un propietario después de desalojar al inquilino

Después de que el inquilino se haya mudado, hay ciertos requisitos que el propietario debe seguir cumpliendo. Generalmente, los requisitos son que el propietario debe:

  • Mudarse a la unidad dentro de un cierto período de tiempo después de que el inquilino se haya mudado, generalmente entre 60 y 120 días (varía según la ciudad).
  • Utilizar la unidad como lugar de residencia principal. Las ordenanzas de control de alquileres suelen permitir que una persona tenga sólo un lugar de residencia principal.
  • Vivir en la unidad durante el tiempo requerido, normalmente de 2 a 3 años. Si el propietario se muda antes de este período, por lo general no puede volver a alquilar a una tasa mayor que la que pagaba el inquilino desalojado y debe dar al inquilino desalojado la primera opción para volver a alquilar la unidad.

Si el propietario no sigue los requisitos anteriores (o cualquier otro requisito que el estatuto de la ciudad pueda imponer), el propietario debe ofrecer la unidad de nuevo al inquilino desalojado primero antes de intentar alquilar a otro inquilino. El inquilino también tiene una causa de acción para el desalojo ilícito.

¿Necesito un abogado de bienes raíces para un desalojo por parte del propietario?

La ley de propietarios e inquilinos es muy compleja, varía según la ciudad, y está en constante cambio. Un abogado de bienes raíces será capaz de aconsejarle sobre las reglas exactas que su ciudad tiene con respecto a la mudanza del propietario en los desalojos y puede proteger sus derechos, si usted es un propietario tratando de utilizar la mudanza del propietario en el estatuto de desalojo o un inquilino de la lucha contra una mudanza del propietario en el desalojo.