Testimonio

Declaración de

ROBERT S. RIVKIN
CONSEJERO GENERAL
Departamento de Transporte de EE.UU. DEPARTMENT OF TRANSPORTATION

ANTE EL

SUBCOMITÉ DE AVIACIÓN
COMITÉ DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA
DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES

EN RELACIÓN CON LAS TASAS DE LAS AEROLÍNEAS

14 DE JULIO, 2010

Presidente Costello, miembro de rango Petri y miembros del Subcomité:

Me complace comparecer hoy ante el Subcomité para discutir el compromiso del Departamento de Transporte de EE.Me complace comparecer hoy ante el Subcomité para hablar del compromiso del Departamento de Transporte de EE.UU. con el cumplimiento y la aplicación de medidas enérgicas para proteger los derechos de los pasajeros de las aerolíneas. Destacaré las medidas adoptadas por el Departamento para garantizar que los pasajeros de las aerolíneas dispongan de información precisa y completa sobre el coste total del transporte aéreo que compran, incluidas las tasas auxiliares de las aerolíneas que deben pagar.

En primer lugar, permítanme subrayar la importancia que el Secretario LaHood y esta Administración conceden a los derechos de los consumidores de las aerolíneas. Desde el principio, hemos examinado cuidadosamente nuestra autoridad reguladora para determinar cuál es la mejor manera de ayudar a los consumidores de las aerolíneas con los problemas más graves a los que se enfrentan, como los largos retrasos en las pistas, los vuelos con retrasos crónicos y la falta de información al consumidor sobre la puntualidad de los vuelos. Decidimos añadir límites claros a los retrasos en pista, normas estrictas para los vuelos con retrasos crónicos y más información a los pasajeros de la que se había propuesto en la normativa de la administración anterior que heredamos. En diciembre de 2009, adoptamos la medida reguladora más contundente de la que disponíamos entonces al publicar una norma que incluía esas disposiciones.

Reconociendo que había que hacer mucho más, después de emitir nuestra primera norma de protección al consumidor, hemos propuesto ahora protecciones reglamentarias más completas. En junio publicamos una Notificación de Propuesta de Reglamentación (NPRM) para reforzar las reformas promulgadas por nuestra primera norma -por ejemplo, para incluir a las compañías aéreas extranjeras y a más aeropuertos estadounidenses en nuestra norma sobre retrasos en la pista- y para abordar una serie de otros problemas, sobre todo la inadecuada compensación por denegación de embarque, la publicidad engañosa de las tarifas aéreas y la insuficiente divulgación de las tasas auxiliares de las aerolíneas.

Debido a que el tema de la audiencia de hoy son las «tasas de las aerolíneas», me extenderé en las propuestas del NPRM diseñadas para facilitar a los consumidores el conocimiento de cuánto tendrán que pagar por el transporte aéreo y garantizar que las prácticas de las aerolíneas relacionadas con las tasas sean justas. En primer lugar, la NPRM exigiría una verdadera publicidad de precios completos. Según la propuesta, los precios anunciados deberán incluir todos los impuestos, tasas y cargos obligatorios. Si el consumidor tiene que pagar el cargo para volar, como un recargo por combustible, un impuesto especial, un cargo por el servicio de la agencia de viajes o un cargo por la comodidad del billete en Internet, el cargo tendría que incluirse en la presentación del precio a cada consumidor.

Además, como explicamos en el NPRM, somos escépticos de que se permita a las aerolíneas etiquetar como «tarifas» los precios que no incluyen numerosos cargos obligatorios, y que, por lo tanto, sólo sirven para confundir o engañar a los consumidores con respecto al verdadero precio completo del billete y para dificultar las comparaciones de precios. Hemos propuesto prohibir esta enumeración engañosa de las tarifas.

En segundo lugar, proponemos que las tasas opcionales de las aerolíneas se den a conocer en su totalidad en los sitios web de las aerolíneas. Por tasas opcionales o auxiliares, nos referimos a los cargos por cosas como la facturación de equipaje o la asignación de asientos que los pasajeros pueden evitar pero seguir volando. Nuestra propuesta de divulgación de las tasas opcionales es el resultado de lo que el Departamento considera que es a menudo una falta de divulgación clara y adecuada de estas tasas por parte de las aerolíneas; los consumidores no siempre son capaces de determinar el coste de su propio viaje (el precio del billete más el precio de las tasas adicionales por servicios opcionales) antes de la compra.

En tercer lugar, el NPRM exigiría una información más detallada y destacada de las tasas relacionadas con el equipaje de mano y las dos primeras piezas de equipaje facturado. Por ejemplo, los transportistas estarían obligados a emitir confirmaciones de billetes electrónicos a los pasajeros que incluyan información sobre su franquicia de equipaje y/o la tarifa aplicable para una bolsa de mano o la primera y segunda bolsa facturada en la confirmación del billete electrónico. Al proporcionar esta información a los consumidores en la confirmación del billete electrónico, los pasajeros estarán claramente informados, mucho antes de la fecha del vuelo y de la llegada al aeropuerto, de las normas y tasas aplicables en materia de equipaje.

En cuarto lugar, solicitamos comentarios sobre los costes y beneficios de exigir que se proporcionen dos precios en determinados anuncios de tarifas aéreas: el precio del billete que es la tarifa completa, incluidos todos los cargos obligatorios, así como el precio del billete más el coste de los cargos por equipaje que tradicionalmente se han incluido en el precio del billete, si estos precios difieren. Solicitamos comentarios sobre si dicho requisito de un segundo precio, en caso de adoptarse, debería limitarse a la tarifa completa más el coste de los gastos de equipaje o ampliarse para incluir otros servicios opcionales que tradicionalmente se han incluido en el precio del billete, como la obtención de la asignación de asientos por adelantado.

En quinto lugar, el Departamento está estudiando la posibilidad de exigir a las aerolíneas que proporcionen a sus agentes y a los sistemas de distribución global -es decir, a los sistemas informatizados de reservas de aerolíneas en línea, como Amedeus, que muestran las ofertas de múltiples aerolíneas- información completa, precisa y actualizada sobre las tarifas complementarias para que las agencias de viajes de Internet y de las tiendas puedan proporcionar esa información a los consumidores.

En sexto lugar, el NPRM solicita comentarios sobre la posibilidad de exigir a los vendedores de transporte aéreo que muestren en sus sitios web información comparativa sobre la tarifa completa en función de los servicios complementarios que desee un pasajero. Así, si un cliente quiere seleccionar un asiento y facturar dos maletas en un vuelo de A a B en una fecha concreta, el cliente vería cuál sería el precio total de cada una de las compañías que proporcionan el transporte aéreo deseado.

Además de prohibir la publicidad y divulgación engañosa de las tarifas, la nueva norma propuesta también aborda el reembolso de las mismas. Solicita comentarios sobre la exigencia de que los transportistas reembolsen a los pasajeros la tasa cobrada por el transporte de una maleta si ésta no se entrega a tiempo y explica que, cuando se cancela un vuelo, los transportistas deben reembolsar no sólo el precio del billete, sino también cualquier tasa opcional cobrada a un pasajero por ese vuelo (por ejemplo, tasas de equipaje, «cargos de servicio» por el uso de millas de viajero frecuente cuando el vuelo es cancelado por el transportista).

El periodo de comentarios sobre el NPRM está actualmente programado para cerrarse el 9 de agosto de 2010, aunque recientemente hemos recibido una solicitud para ampliar el periodo de comentarios. Hemos establecido un calendario agresivo y esperamos completar nuestra reglamentación para finales de año.

Nuestras amplias actividades de reglamentación no han restado importancia a la expansión de nuestro trabajo de cumplimiento y aplicación de las normas de aviación. Por ejemplo, en los dos últimos años, nuestra Oficina de Ejecución de la Aviación ha llevado a cabo 16 investigaciones in situ en las sedes de las aerolíneas para medir su cumplimiento de nuestra normativa vigente sobre derechos de los pasajeros. Cinco de esas investigaciones ya han dado lugar a órdenes de cese y desistimiento que imponen a las grandes aerolíneas casi 1,2 millones de dólares en sanciones civiles, principalmente relacionadas con violaciones de nuestros requisitos de compensación por denegación de embarque.

Las demás investigaciones pueden dar lugar a acciones de aplicación similares. Más importante quizás que las acciones de aplicación resultantes, estas visitas in situ enfatizan a los transportistas sus responsabilidades y fomentan el cumplimiento futuro.

Otra importante actividad de aplicación se centra en la publicidad engañosa de las aerolíneas y los agentes de tarifas. Durante el año que finalizó el 30 de junio de 2010, el Departamento emitió 11 órdenes de cese y desistimiento que evaluaban 520.000 dólares en sanciones civiles sólo en casos relacionados con la publicidad engañosa. Otras tres órdenes se referían a la publicidad engañosa, así como a otras cuestiones.

El año pasado también emitimos nuestras primeras órdenes de aplicación relacionadas con los prolongados retrasos en las pistas. En concreto, el Departamento impuso un total de 175.000 dólares en concepto de sanciones civiles a tres compañías aéreas por su papel como causantes de un prolongado retraso en la pista después de que un vuelo fuera desviado al Aeropuerto Internacional de Rochester, en Minnesota, debido al mal tiempo.

Durante el año que finalizó el 30 de junio de 2010, el Departamento emitió un total de 37 órdenes de cese y desistimiento contra compañías aéreas y agentes en relación con asuntos de aviación no relacionados con la seguridad. Dichas órdenes supusieron cerca de 3,2 millones de dólares en sanciones civiles. Estas cifras reflejan una inversión de la tendencia a la baja de los años anteriores.

Antes de terminar, me gustaría dar las gracias a este Comité y al Congreso en su conjunto por ayudar a vigorizar nuestro programa de protección del consumidor. En los últimos años, el Congreso ha asignado fondos adicionales que nos han permitido aumentar nuestro personal de protección de los consumidores, llevar a cabo investigaciones in situ y tomar una serie de otras medidas proactivas para apoyar nuestras normas de consumo y fortalecer nuestro programa de protección de los consumidores en general. También agradecemos el trabajo del personal de esta Comisión, así como del personal de la Comisión de Comercio del Senado, que se ha puesto en contacto con nosotros para solicitar asistencia técnica sobre la legislación relativa a los derechos de los pasajeros que se está estudiando actualmente en el Congreso. Esperamos que estas contribuciones hayan sido útiles para los Comités.

En conclusión, Sr. Presidente, creemos que tenemos un alto nivel de apreciación de los muchos problemas a los que se enfrentan los pasajeros de las aerolíneas y seguiremos tomando medidas agresivas y oportunas para mitigar esos problemas en el futuro. Quiero asegurarle, en nombre del Secretario LaHood y de los demás empleados del Departamento, nuestro continuo compromiso con esta importante labor. Gracias de nuevo por la oportunidad de discutir estos asuntos críticos. Estaré encantado de responder a cualquier pregunta que puedan tener.